Nuevos beneficios de inmigración para cónyuges de militares
El día 15 de noviembre de 2013, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó un Memorando de Políticas (M de P) que proporciona beneficencia a muchos cónyuges indocumentados de personal militar. Este memorando de política tiene por objetivo ayudar directamente a cónyuges de personal militar de los Estados Unidos, ya sean activos o veteranos, y siendo ellos ciudadanos de los Estados Unidos.
Para demostrar cómo funciona este M de P, usemos como ejemplo a Juana y John Doe. Digamos que Juana entró a los Estados Unidos sin una visa y desde su entrada nunca más salió de los Estados Unidos. Ella ahora está casada con John Doe, un ciudadano de los Estados Unidos, que es veterano del ejército y que prestó servicio militar en Irak. John quiere ayudar a su esposa, así es que el presenta una petición por ella. Sin embargo, debido a la manera en que ella entró a los Estados Unidos, ella no puede cambiar su estatus a residente permanente legal estando ella aquí en los Estados Unidos. Ella no es elegible para un 245 (i), y no existe ninguna otra excepción que aplique en su caso. Por lo tanto, Juana tendrá que seguir el proceso consular y tendrá que regresar a su país de origen antes de poder ser admitida como residente permanente legal. Ella también necesitaría de una renuncia o perdón para perdonar las sanciones que recibiría por la manera de su entrada original a los Estados Unidos. Aquí es donde este M de P puede ser útil.
Esencialmente, Juana ahora puede aplicar por un “Parole in Place” (Pase Condicional de Lugar), que si fuera aprobado, le permitiría aplicar para hacerse una residente permanente legal aquí en los Estados Unidos, sin tener que regresar a su país de origen. No habría necesidad de una separación familiar y no habría necesidad de una renuncia o perdón. Este tipo de pase condicional está autorizado en virtud del §212(d )(5)(A), y no debe confundirse con la libertad condicional o libertad condicional anticipada.
Al presente, hemos recibido muchas preguntas de personas que están casadas con ciudadanos estadounidenses que quieren procurar un pase condicional de la manera indicada en este M de P. Muchos quieren solicitar dicho pase condicional a pesar de no ser cónyuges de militares. Evidentemente, si usted califica para el pase condicional bajo INA §212(d)(5)(A) independientemente de tener un cónyuge militar, entonces usted tal vez puede ser capaz de evitar el proceso consular y una renuncia o perdón. Pero la dificultad está en calificar para el pase condicional bajo §212(d)(5)(A), en que el Secretario del DHS autoriza en una base de caso a caso la entrada bajo pase condicional a los Estados Unidos de ciertos individuos, que tienen razones urgentes humanitarias o han proporcionado significante beneficio público a los Estados Unidos. Ejemplos de razones humanitarias incluyen necesidades médicas urgentes familiares, y otras necesidades relacionadas; y un ejemplo de significante beneficio público incluiría el dar testimonio en un asunto legal a favor del gobierno.
Otra característica del §212(d)(5)(A), es que tradicionalmente se aplicaba a individuos que se encontraban afuera de los Estados Unidos o en un puerto de entrada. El presente M de P extiende §212(d)(5)(A) a los cónyuges de personal militar que ya están aquí en los Estados Unidos.
Finalmente, este M de P le proporciona un análisis legal y dirección a la USCIS. Por lo tanto, cualquier persona interesada en este tipo de pase condicional debe consultar con un abogado.
BY: Carnell Johnson, Esq.
Johnson & Nicholson, PLLC
5701 Executive Center Drive, #415
Charlotte, NC 28212
(704) 325-8057